Beneficio para contribuyentes cumplidores: Estudio Rinero te asesora

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AFIP implementa un Beneficio a sujetos cumplidores inscriptos en el Monotributo o en el Impuesto a las Ganancias, según lo establecido por el artículo sin número, incorporado a continuación del artículo 17 de la Ley  27.541. El trámite debe ser gestionado por el propio contribuyente. ESTUDIO RINERO asesora y tramita, este reconocimiento.

Se entenderá que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando, al 26 de agosto de 2020, no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2017.

Los contribuyentes cumplidores gozarán de los siguientes beneficios, conforme la condición tributaria que revistan:

Monotributistas

El beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:

  • Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.
  • Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.
  • Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.
  • Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.
  • Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar un importe total equivalente a $ 17.500.

Autónomos: Impuesto a las ganancias

  • El beneficio consistirá en una deducción especial, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas  de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. El beneficio será aplicado a la declaración jurada correspondiente al 2020.
  • Amortización acelerada: Micro y Pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones de bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto del 2020 y el 31 de diciembre del 2021.

La adhesión a los beneficios se efectúa a través del sitio web de AFIP. El mecanismo para solicitarlo estará habilitado hasta el 30 de noviembre del 2020, inclusive.

En ESTUDIO RINERO ya comenzaron a realizar gestiones, para que los contribuyentes cumplidores, puedan acceder a este beneficio.

No dudes en consultar!

ESTUDIO RINERO

España 486 – Devoto

Celular: 15204836

Días y Horarios de atención: Lunes a Viernes de 8.30 a 16.30

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