ORDENANZA APROBADA: Texto completo

Compartimos el texto completo de la Ordenanza  741/2013, aprobada anoche por unanimidad por el Concejo Deliberante de Devoto, referida a la erradicación del basural que funcionaba en el sector oeste de la localidad.

 

ORDENANZA 741/2013

VISTO
La necesidad de erradicar el basural a cielo abierto ubicado en el sector oeste de la localidad de Devoto.-
Y CONSIDERANDO
QUE todos los ciudadanos que habitamos Devoto tenemos el derecho a vivir en un ambiente sano que permita el desarrollo sostenible de la sociedad.
QUE el Honorable Concejo Deliberante de Devoto resulta el órgano democrático donde se legisla para todos los ciudadanos en un marco de diálogo y respeto, comprendiendo que el pueblo tiene representación a través de los Concejales.-
QUE la problemática de los basurales a cielo abierto, resultan un flagelo que afecta a todos los ciudadanos por igual en todo el territorio Argentino.-
QUE vecinos del sector oeste de la localidad han acercado un petitorio con propuestas para mejorar la calidad de vida de los devotenses.-
QUE la Municipalidad de Devoto generó políticas ambientales para el cuidado de la salud de los vecinos, principalmente instalando la Planta Municipal de Reciclado para la separación de residuos.-
QUE a partir de las campañas de concientización realizadas con diversas Instituciones Educativas y organizaciones de la sociedad civil de Devoto, de la solidaridad y del compromiso asumido por todos los vecinos, se logró disminuir un gran porcentaje de basura final que se deposita en el relleno sanitario.-
QUE resulta conveniente elaborar una propuesta integral que de soluciones concretas, erradicando el relleno sanitario del sector oeste y encontrando un espacio óptimo y adecuado para el destino final de los residuos sólidos urbanos.

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DEVOTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1: PROHIBASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, el ingreso, depósito y/o cualquier otra forma de acumulación de residuos sólidos
urbanos en el predio del basural oeste y caminos adyacentes, con excepción de aquellos residuos que tienen como destino la Planta de Reciclado Municipal. En este sentido, prohíbase la quema de basura acumulada en la localidad.-
Art. 2: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a refuncionalizar el Basural ubicado en el Sector Sur generando las condiciones adecuadas para optimizar el terreno.-
Art. 3: ORDENESE al Departamento Ejecutivo Municipal tapar la fosa en el Basural Oeste.-
Art. 4: INTENSIFIQUESE las campañas de concientización sobre separación de residuos en origen.-
Art.5: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias para la compra o expropiación y/o cualquier otra acción tendiente a la obtención de un inmueble que tendrá como destino el nuevo Basural, previo estudio de factibilidad realizado por la Universidad Nacional de Córdoba.-
Art.6: RESTRINJASE el ingreso de todo persona ajena a la planta recicladora municipal.-
Art.7: REGISTRESE en el Libro de Protocolo de Ordenanzas, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplimiento.————–
Devoto (Cba.) 10 de Junio del año 2013.-

 

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