El Día del Empleado de Comercio se traslada al 27 de septiembre

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Las entidades signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 han firmado un acuerdo convencional a través del cual se determinó que el Día del Empleado de Comercio, se trasladará al día lunes 27 de septiembre. Así lo informó el Centro Comercial, Industrial y de la Propiedad de Devoto.

Según lo establecido por Ley, el Día del Empleado de Comercio será una jornada de descanso para todos los trabajadores mercantiles “asimilándose dicho día a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.

Por tanto, si bien no es obligatorio para el trabajador prestar servicios, aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día, se les deberá liquidar un jornal adicional.

Asimismo, se recuerda que los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.

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